Resuelve TEECH Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, 03 de diciembre de 2018.- El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH), en sesión pública, discutió el proyecto de resolución correspondiente a los siguientes Juicios Ciudadanos:
Expediente TEECH/JDC/267/2018, promovido por Carolina Gómez Ramírez, por su propio derecho y en calidad de indígena perteneciente a la etnia Chol y ex Síndica Municipal en el Ayuntamiento de Salto de Agua, Chiapas, en contra del Presidente Municipal del municipio en mención, por la omisión de la autoridad responsable de pagarle viáticos durante el ejercicio de sus funciones en el período 2015-2018.
En consecuencia, en el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano este órgano colegiado resolvió con el siguiente efecto:
- Se sobresee el Juicio Ciudadano presentado por Carolina Gómez Ramírez, indígena perteneciente a la etnia Chol, en contra de la omisión del Presidente Municipal del Ayuntamiento de Salto de Agua, Chiapas, en términos del considerando Único, de la presente resolución.
Expediente TEECH/JDC/293/2018, promovido por Alejandra Hernández Hernández, en su calidad de ciudadana e indígena tzotzil perteneciente al municipio de Santiago El Pinar, Chiapas, en contra del Congreso del Estado de Chiapas, por el Decreto número 310, específicamente en lo relativo a la designación del Concejo Municipal de ese lugar, así como de los nombramientos expedidos por ese órgano legislativo a favor de los concejales designados.
En consecuencia, en el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano este órgano colegiado resolvió con el siguiente efecto:
- Se sobresee debido a que los actos alegados por la impugnante, constituyen una medida de naturaleza político-administrativa, autorizada constitucionalmente y no un acto de naturaleza electoral, por lo que no puede entenderse atentatoria de los derechos político-electorales de la actora. Lo anterior, con fundamento en el artículo 325, numeral 1, fracción IV, en relación con el diverso 324, numeral 1, fracción XII, segundo supuesto del Código de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas.
Expediente TEECH/JDC/294/2018 y su acumulado TEECH/JDC/297/2018, promovido por Janette Ovando Reazola y otros, en su carácter de integrantes del Comité Directivo Estatal y de la Comisión Permanente del Consejo Estatal, ambos del Partido Acción Nacional (PAN), en contra del Acuerdo SG/391/2018, de 23 de octubre de 2018 y de la correspondiente Fe de Erratas de 25 del mismo mes y año, emitidos por la Comisión Permanente en mención.
En consecuencia, en el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano y su acumulado este órgano colegiado resolvió con el siguiente efecto
- Se desechan los Juicios Ciudadanos promovidos por la actora, en virtud a la existencia de un nuevo acto que modificó la fuente del derecho alegado dejándolo sin materia. Lo anterior, de conformidad con los artículo 324, numeral 1, fracción XII, parte in fine, en relación a los diversos 346, numeral 1, fracción II y 413, numeral 1, fracción X, del citado Código Electoral Local.
- Se instruye a la Secretaria General de este Tribunal, para que remita copia certificada de la presente resolución a la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, para los efectos legales conducentes en el expediente número SX-JDC-920/2018.
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